Daniel Bartolomé · Talavera de la Reina, Toledo.
En el contexto actual del mercado de alquiler en España, la región de Castilla-La Mancha ha implementado una medida significativa para apoyar a los propietarios afectados por la suspensión de desahucios. Esta iniciativa busca equilibrar la protección de los inquilinos en situaciones de vulnerabilidad con el derecho legítimo de los arrendadores a percibir sus rentas.
Desde el inicio de la pandemia en el año 2020, el Gobierno de España ha implementado medidas para proteger a los hogares en situación de vulnerabilidad económica y social, incluyendo la suspensión de los procedimientos de desahucios y lanzamientos. Estas medidas han sido prorrogadas en varias ocasiones y, tal y como explicaba en un artículo anterior dedicado a la prórroga de la paralización de los desahucios en 2025, esto permite a los inquilinos en situación de vulnerabilidad solicitar la suspensión de su desahucio o lanzamiento, siempre que acrediten su situación de vulnerabilidad económica y social adversa.
La prolongación de la suspensión de los desahucios ha generado preocupaciones entre los propietarios, quienes enfrentan la pérdida de ingresos por alquiler y la imposibilidad de recuperar sus inmuebles. Para mitigar este impacto, el Gobierno ha establecido mecanismos de compensación económica. En Castilla-La Mancha, la Consejería de Fomento ha implementado ayudas destinadas a los propietarios afectados por la suspensión de los desahucios, con el objetivo de equilibrar la protección a los inquilinos vulnerables y los derechos de los arrendadores, mitigando el impacto económico que esta situación genera en los propietarios afectados.
Esta compensación está dirigida a:
Personas físicas o jurídicas que sean propietarias o arrendadoras de viviendas en Castilla-La Mancha.
Que hayan sido afectadas por la suspensión de desahucios en aplicación de la normativa vigente.
Los propietarios que deseen acceder a estas compensaciones deben seguir un procedimiento específico:
Solicitud: Presentar una solicitud a través de los medios habilitados por la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha.
Plazo: El plazo de presentación de las solicitudes de las compensaciones finalizará el 31 de enero de 2026.
Documentación requerida:
DNI/NIF/NIE del interesado y/o representante.
Solicitud firmada.
Identificación del medio electrónico o dirección física para notificaciones.
Memoria justificativa detallando el período de suspensión del desahucio.
Declaración jurada de no haber percibido las rentas impagadas.
Contrato de arrendamiento o documento equivalente que acredite la renta pactada.
Facturas de los gastos corrientes asumidos por el arrendador.
Autos judiciales de suspensión y levantamiento del desahucio.
Cuenta bancaria para el abono de la compensación.
En caso de ocupación sin título, acreditación del perjuicio económico derivado de la oferta previa en venta o alquiler del inmueble.
La compensación consistirá en el valor medio de alquiler en la zona según índices oficiales, más los gastos corrientes asumidos por el arrendador. Si dicho valor fuera superior a la renta previamente pactada, la compensación se ajustará a la renta dejada de percibir más los gastos corrientes acreditados.
Para conocer todos los detalles de esta ayuda, los interesados pueden visitar la web oficial de la Dirección General de Vivienda de Castilla-La Mancha, en la sección de Ayudas y subvenciones > Ayudas al alquiler de vivienda > Compensación a las personas arrendadoras y propietarias de viviendas afectadas por la suspensión de desahucios, o acceder a través del siguiente enlace:
Con esta medida, se busca garantizar un equilibrio entre la protección de los inquilinos en situación de vulnerabilidad y los derechos de los propietarios a recibir una compensación justa por la falta de ingresos durante la suspensión del desahucio.