👤Daniel Bartolomé
Agente inmobiliario independiente en Talavera de la Reina (Toledo).Autor de este artículo sobre el PERIM Palomarejos y sus posibles implicaciones urbanísticas, inmobiliarias y económicas para el entorno del Hospital General Nuestra Señora del Prado y la futura Facultad de Ciencias de la Salud.El entorno del Hospital General Nuestra Señora del Prado puede convertirse en una de las zonas con mayor interés urbanístico de Talavera de la Reina durante los próximos años.
Uno de los expedientes que permite entender esta posible evolución es el PERIM Palomarejos, un Plan Especial de Reforma Interior de Mejora que afecta a la manzana G del Sector 9 “Palomarejos”.
Detrás de este expediente hay una cuestión urbanística de bastante interés: la posibilidad de adaptar una manzana vacante situada junto al Hospital General Nuestra Señora del Prado y próxima a la futura Facultad de Ciencias de la Salud para permitir con mayor flexibilidad determinados usos sanitarios y hotelero-residenciales.
Conviene precisar desde el principio algo fundamental: este PERIM no aprueba por sí mismo una residencia de estudiantes, ni un hotel, ni una clínica, ni una obra concreta. Tampoco equivale a una licencia de obra ni implica que los trabajos puedan empezar de forma inmediata. Lo que hace es modificar el marco urbanístico para que determinados usos puedan encajar mejor en esa manzana si posteriormente se tramitan los proyectos y licencias correspondientes.
La diferencia es importante. En urbanismo no es lo mismo modificar el planeamiento que aprobar un proyecto de edificación. Tampoco es lo mismo abrir una posibilidad urbanística que confirmar que una actuación concreta vaya a ejecutarse.
En este artículo analizo qué es exactamente el PERIM Palomarejos, qué ámbito afecta, qué usos pretende flexibilizar, qué relación tiene con el entorno hospitalario y universitario, y qué puede significar desde el punto de vista inmobiliario para Talavera de la Reina.
El documento analizado se denomina Plan Especial de Reforma Interior de Mejora para la ampliación de categorías y situaciones de usos compatibles en la manzana formada por las parcelas G1, G2, G3 y G4 del Sector 9 “Palomarejos” de Talavera de la Reina.
En términos sencillos, se trata de un instrumento de planeamiento que actúa sobre una parte concreta del Sector 9 “Palomarejos”: la denominada manzana G.
Su finalidad no es ordenar todo el sector desde cero, ni cambiar la clasificación del suelo, ni aumentar la edificabilidad. El objeto principal es mucho más específico: ampliar las categorías y situaciones de determinados usos compatibles, especialmente el uso sanitario y el uso hotelero-residencial.
Esto significa que el documento busca permitir que esos usos puedan implantarse con mayor flexibilidad dentro de la manzana, siempre dentro de los límites urbanísticos establecidos y sin alterar, según el propio documento, parámetros básicos como la edificabilidad, la ocupación, el volumen, la altura, el número máximo de plantas, el número máximo de viviendas o el aprovechamiento lucrativo.
El promotor del documento es Inversiones González Recio S.L. y el equipo redactor identificado es Urtiga Gurumeta Arquitectos. El documento se encuentra en fase de aprobación inicial / información pública, lo que implica que todavía no debe confundirse con una aprobación definitiva ni con una licencia de obra.
El ámbito del PERIM se sitúa en la manzana G del Sector 9 “Palomarejos”, formada por las parcelas G1, G2, G3 y G4.
Según la documentación analizada, la superficie total aproximada de la manzana es de 2.175 m², distribuida de la siguiente forma:
La manzana tiene forma rectangular, con unas dimensiones aproximadas de 87 x 25 metros. Su fachada principal se sitúa hacia la Avenida Juan Pablo II.
La localización es precisamente una de las claves del expediente. La manzana se encuentra en el entorno del Hospital General Nuestra Señora del Prado, con fachada principal a la Avenida Juan Pablo II y relación con espacios libres y con el futuro entorno universitario vinculado a la Facultad de Ciencias de la Salud.
No estamos, por tanto, ante una parcela aislada o periférica sin contexto funcional. Se trata de una pieza urbana situada en un área que puede ganar relevancia si se consolida el eje formado por el hospital, Palomarejos y la futura implantación universitaria.
La ubicación del ámbito explica buena parte de la lógica del PERIM.
El entorno del Hospital General Nuestra Señora del Prado genera de por sí necesidades complementarias: consultas, servicios médicos privados, clínicas, alojamiento temporal para familiares de pacientes, alojamiento para profesionales sanitarios, servicios auxiliares, restauración, aparcamiento y otros usos vinculados a la actividad sanitaria.
A esa realidad se suma la futura Facultad de Ciencias de la Salud, que el documento utiliza como elemento justificativo del cambio. La llegada de un equipamiento universitario de esta naturaleza puede generar demanda vinculada a estudiantes, profesorado, personal investigador, profesionales sanitarios, prácticas clínicas, alojamiento temporal y servicios complementarios.
Desde una perspectiva urbanística, tiene sentido que una manzana vacante situada junto a este entorno pueda admitir usos sanitarios y hotelero-residenciales con mayor flexibilidad que una manzana residencial ordinaria sin esa relación funcional.
Ahora bien, esta idea debe formularse con prudencia. El documento permite hablar de potencial urbanístico y de adecuación funcional al entorno, pero no permite afirmar que ya exista un proyecto concreto de residencia, hotel o clínica.
El PERIM modifica la compatibilidad de usos en la manzana G.
El cambio se centra en permitir que los usos sanitario y hotelero-residencial puedan desarrollarse en todas sus categorías y en todas las plantas del edificio, con accesos individualizados.
La clave no está en construir más metros, sino en permitir más posibilidades de uso dentro del marco urbanístico existente.
En el mercado inmobiliario, esta diferencia es importante. Dos parcelas con la misma edificabilidad pueden tener un valor y un interés muy distinto si una admite usos sanitarios, alojativos o residencia de estudiantes y otra no.
Tan importante como explicar lo que cambia es explicar lo que no cambia.
Según la documentación analizada, el PERIM no modifica los parámetros urbanísticos principales:
Por tanto, el PERIM no debe interpretarse como una operación para aumentar el aprovechamiento urbanístico de la manzana. Su alcance es más específico: ampliar la compatibilidad funcional de determinados usos.
El documento define el uso sanitario como el correspondiente a instalaciones como hospitales, dispensarios, clínicas de urgencia, consultorios particulares y otros establecimientos destinados al reconocimiento médico y tratamiento accidental o periódico de enfermos.
El documento recoge estas categorías:
La relevancia de esta modificación está en que no se limita a pequeñas consultas. El documento contempla el uso sanitario en todas sus categorías, aunque cualquier implantación concreta tendría que tramitar posteriormente sus licencias, autorizaciones y cumplimiento técnico.
En un entorno próximo al Hospital, estos usos podrían tener lógica urbana para actividades como consultas médicas privadas, clínicas especializadas, centros de diagnóstico, servicios asistenciales, actividades sanitarias complementarias.
El PERIM no aprueba ninguna clínica concreta. Lo que hace es mejorar el encaje urbanístico para que estos usos puedan plantearse en el futuro.
El segundo uso relevante es el hotelero-residencial.
El documento lo vincula a edificios e instalaciones destinados al alojamiento temporal de viajeros, turistas, estudiantes, tercera edad y otros supuestos similares.
Las categorías recogidas son:
Dentro de este uso se incluyen expresamente las residencias de estudiantes.
Este punto es especialmente relevante por la futura Facultad de Ciencias de la Salud mencionada en el propio documento. La existencia de un uso hotelero-residencial compatible puede facilitar que, en el futuro, se planteen fórmulas de alojamiento vinculadas a estudiantes, personal sanitario, familiares de pacientes o estancias temporales.
La precisión es esencial: el PERIM permite la posibilidad urbanística, pero no aprueba una residencia concreta.
Uno de los puntos que conviene no pasar por alto es el aparcamiento.
El documento indica que el apartado de aparcamiento no se modifica y que se mantiene el cumplimiento del artículo 127 de las Normas Urbanísticas del POM.
Esto significa que cualquier proyecto futuro deberá justificar las plazas exigibles según el uso finalmente implantado.
No genera las mismas necesidades una consulta médica que una residencia, un hotel, un centro sanitario con camas o un edificio mixto. Por eso, en fases posteriores habrá que analizar:
superficie construida;
número de habitaciones o camas;
tipo de actividad;
plazas exigibles;
plazas proyectadas;
accesos;
movilidad peatonal y rodada;
impacto sobre el entorno hospitalario.
En una zona próxima al hospital, esta cuestión puede ser especialmente sensible.
En la documentación se recogen dotaciones mínimas de plazas por usos, entre ellas:
Esto es importante porque los usos sanitarios, hoteleros o residenciales colectivos pueden generar necesidades de movilidad y estacionamiento distintas a las de un uso residencial convencional.
Ahora bien, el PERIM no define todavía un proyecto concreto. Por tanto, no es posible calcular ahora con precisión cuántas plazas serían necesarias, porque dependería del uso finalmente implantado: no exige lo mismo una clínica sin hospitalización que un uso con habitaciones, una residencia, un hotel o una combinación de usos.
En una fase posterior, cualquier proyecto tendría que justificar:
superficie construida por uso;
número de habitaciones o camas, si las hubiera;
número de consultas o unidades funcionales;
plazas de aparcamiento exigibles;
plazas realmente proyectadas;
accesos rodados y peatonales;
cumplimiento de normativa de accesibilidad;
posible impacto sobre la vía pública.
Por eso, el aparcamiento debe figurar entre las cuestiones que vecinos, técnicos y promotores tendrán que vigilar si en el futuro se presenta un proyecto concreto.
El PERIM Palomarejos es un expediente urbanístico relevante porque afecta a una manzana situada en un punto estratégico de Talavera de la Reina: el entorno del Hospital General Nuestra Señora del Prado y la futura Facultad de Ciencias de la Salud.
Su objetivo principal no es aprobar una obra concreta, sino ampliar las condiciones de implantación de usos compatibles, especialmente sanitario y hotelero-residencial.
Esto puede abrir oportunidades para actividades vinculadas al ámbito sanitario, universitario y alojativo.
Daniel Bartolomé
Agente inmobiliario titulado por la escuela EANE, centro homologado por el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI).